Acuerdo entre Consejo y Parlamento Europeo para simplificar la normativa CLP en el Ómnibus VI de química y cosmética

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Acuerdo entre Consejo y Parlamento Europeo para simplificar la normativa CLP en el Ómnibus VI de productos químicos y cosmética

El Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional sobre el denominado paquete Ómnibus VI, una iniciativa legislativa destinada a simplificar parte de la normativa europea aplicable a los productos químicos y cosmética, manteniendo al mismo tiempo los niveles de protección de la salud y del medio ambiente. El acuerdo afecta principalmente al Reglamento sobre Clasificación, Etiquetado y Envasado de Sustancias y Mezclas (CLP), así como a la legislación sobre cosméticos y fertilizantes.

 

Acuerdo provisional para simplificar el CLP que afecta a productos cosméticos en el paquete Ómnibus VI

 

Según la información publicada por el Parlamento Europeo en su seguimiento legislativo, los negociadores se han saldado con un acuerdo el pasado 16 de junio, lo que supone la culminación de varios meses de negociaciones tras la aprobación de las respectivas posiciones del Consejo y del Parlamento.

 

Principales puntos del acuerdo

El texto pactado mantiene el objetivo de simplificación y digitalización planteado inicialmente por la Comisión Europea en julio de 2025, pero introduce salvaguardias adicionales en varios ámbitos sensibles. Entre los aspectos más relevantes destacan:

  • El mantenimiento de requisitos más estrictos para las sustancias carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción (CMR) presentes en productos cosméticos.
  • La recuperación de determinadas obligaciones de notificación para nanomateriales en cosméticos.
  • La introducción de requisitos mínimos de legibilidad y tamaño de letra en las etiquetas reguladas por el Reglamento CLP.
  • El establecimiento de plazos claros para la actualización de etiquetas cuando cambie la clasificación de una sustancia.

 

¿Qué cambios afectan a los productos cosméticos?

Se ha acordado eliminar gradualmente los cosméticos que contienen sustancias CMR (carcinogénicas, mutagénicas y reprotóxicas), prohibidas con más rapidez que la propuesta por la Comisión.

Cuando no se justifique el uso continuado de una sustancia, las empresas dispondrán de seis meses para dejar de comercializar los productos afectados y de 12 meses para que dejen de estar disponibles (una vez la prohibición entre en vigor), en lugar de los 12 y 24 meses que proponía la Comisión.

Las empresas que deseen seguir utilizando una sustancia tendrán hasta 12 meses desde su nueva clasificación para solicitar una excepción y el plazo para su eliminación gradual comienza a contar una vez que se resuelva dicha solicitud. En el caso de que la excepción no sea aprobada, la empresa tendrá tres meses para dejar de comercializar los productos y 9 meses para que dejen de estar disponibles.

Los colegisladores también decidieron no eximir a las sustancias CMR en función de la exposición oral o por inhalación, como proponía la Comisión, y reintrodujeron el requisito de que los productos cosméticos que contienen nanomateriales se notifiquen a la Comisión antes de su comercialización.

Para acelerar la sustitución de sustancias peligrosas en los productos cosméticos, la Comisión elaborará una guía que especifique el análisis de alternativas un año después de la entrada en vigor de esta legislación.

Cambios en el Reglamento CLP

En lo relativo al Reglamento CLP, el acuerdo busca reducir cargas administrativas para la industria química mediante una mayor utilización de herramientas digitales y la simplificación de determinadas obligaciones de etiquetado.

Se ha establecido un plazo de 15 meses para que los proveedores actualicen las etiquetas.

El acuerdo llega después de que el Consejo adoptara en noviembre de 2025 su posición negociadora sobre el paquete y tras la aprobación del mandato del Parlamento Europeo en abril de 2026.

Próximos pasos

Tras el acuerdo provisional, se pasará a revisar el texto antes de su adopción formal. Una vez aprobado definitivamente por el Consejo y el Parlamento Europeo, la normativa será publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor 20 días después de su publicación.

La Comisión Europea ha estimado que el paquete Ómnibus VI podría generar ahorros administrativos significativos para la industria química europea, al tiempo que persigue preservar los objetivos de protección de la salud humana y del medio ambiente.

 

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